martes, 10 de octubre de 2017
lunes, 27 de febrero de 2017
AFILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES
AFILIACIÓN DE TRABAJADORES INDEPENDIENTES AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES
Si usted es un trabajador DEPENDIENTE:
Usted firmó un contrato de trabajo y por lo tanto es obligación de su empleador afiliarlo directamente a la ARL.
Si usted es un trabajador INDEPENDIENTE:
MUCHO OJO CON LAS COOPERATIVAS FANTASMAS
Si usted es un trabajador DEPENDIENTE:
Usted firmó un contrato de trabajo y por lo tanto es obligación de su empleador afiliarlo directamente a la ARL.
Si usted es un trabajador INDEPENDIENTE:
De acuerdo con el Decreto 1072 de 2015, artículos 2.2.4.2.2.1 a 2.2.4.2.2.23 el trabajador independiente (vinculado mediante un Contrato de Prestación de Servicios u Orden de Prestación de Servicios) puede afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales por intermedio de la empresa contratante. El Decreto 3615 de 2005, art. 2°, que le permite afiliarse a través de Agrupadoras LEGALMENTE AUTORIZADAS, entiéndase bien este apartado, por el Ministerio de Salud.
Estos errores son comunes entre los trabajadores y empleadores que los afilian a la ARL a través de Cooperativas u Organizaciones no autorizadas por el Ministerio de Salud.
He sabido de varios casos de trabajadores a los cuales las "Agrupadoras" luego de una semana de afiliación, generan una Novedad de Retiro a la ARL y lo desafilian, quedando el trabajador sin cobertura y expuesto durante el resto del contrato, en el peor de los casos. Sin embargo, la Agrupadora le continúa cobrando por el servicio de afiliación, generando en muchos casos falsas certificaciones de afiliación.
Es importante para todas las partes interesadas que cumplan lo estipulado en el Decreto 1072 de 2015 en el articulo 2.2.4.6.28 numeral 3, en el cual se establece lo siguiente:
"Verificar antes del inicio del trabajo y periódicamente, el cumplimiento de la obligación de afiliación al Sistema General de riesgos laborales, considerando la rotación del personal por parte de los proveedores contratistas y subcontratistas . . ."
Estas verificaciones debe efectuarlas el Responsable del SG-SST.
En toda empresa que tenga contratistas a cargo, antes del inicio del trabajo del contratista, el SISO de la empresa contratante debe verificar que el contratista tiene su afiliación correcta y que ésta es legal. Ese es el verdadero papel de un SISO en el campo laboral operativo. Con estas verificaciones estamos siendo responsables con la vida del trabajador y el bienestar de su familia y además estamos cuidando los intereses de la empresa.
Recordemos que todo el equipo de Seguridad y Salud de una empresa es responsable de la vida de los trabajadores independientemente del tipo de contrato.
El mensaje es que les cerremos las puertas a esas cooperativas ilegales de poste que no son responsables con las afiliaciones de los trabajadores independientes.
En toda empresa que tenga contratistas a cargo, antes del inicio del trabajo del contratista, el SISO de la empresa contratante debe verificar que el contratista tiene su afiliación correcta y que ésta es legal. Ese es el verdadero papel de un SISO en el campo laboral operativo. Con estas verificaciones estamos siendo responsables con la vida del trabajador y el bienestar de su familia y además estamos cuidando los intereses de la empresa.
Recordemos que todo el equipo de Seguridad y Salud de una empresa es responsable de la vida de los trabajadores independientemente del tipo de contrato.
El mensaje es que les cerremos las puertas a esas cooperativas ilegales de poste que no son responsables con las afiliaciones de los trabajadores independientes.
martes, 7 de febrero de 2017
Nuevo plazo de implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)
Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas de servicios temporales; deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional a partir del 1° de Junio de 2017.
El Decreto 052 de 2017 fue publicado por parte del Ministerio del Trabajo, por medio del cual modifica el art. 2.2.4..6.37 del Decreto 1072 de 2015 sobre la transición para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
Recordemos que anteriormente la fecha límite para cumplir con el SG-SST era el 31 de Enero del presente año, sin embargo las empresas que aún no han cumplido con este requisito, deben hacerlo a partir del 1° de junio de 2017 en 5 fases:
- Evaluación inicial
- Plan de mejoramiento conforme a la evaluación inicial
- Ejecución del SGSST
- Seguimiento y mejora
- Inspección, vigilancia y control
Para mayor información ver Decreto 052 de 2017 aquí
miércoles, 11 de enero de 2017
HSE: RIESGO BIOLÓGICO
¿Sabes cómo gestionar el riesgo biológico en tu organización?
El Programa de Vigilancia Epidemiológica para Riesgo Biológico les da a las compañías una perspectiva amplia de estos peligros para una gestión efectiva.
Los trabajadores del sector salud tienen como misión cuidar la integridad de los pacientes, así como la propia. Por las labores que desempeñan, están en contacto permanente con sangre, fluidos corporales, tejidos, microorganismos y secreciones biológicas que los pueden poner en riesgo. Los peligros derivados del contacto con estas sustancias se conocen como riesgo biológico y su control es uno de los grandes retos de las empresas del sector.
De acuerdo con las Normas de Seguridad y Salud en el trabajo de OSHAS, cada año, entre 600.000 y 800.000 trabajadores de todo el mundo entran en contacto con la sangre en el desarrollo de sus labores, exponiéndose a contagios y afectaciones en su salud.
Para controlar estas situaciones de peligro las empresas cuentan con el Programa de Vigilancia Epidemiológica para Riesgo Biológico, un aliado que facilita la gestión de riesgos en un ciclo de mejoramiento continuo.
El programa permite la recolección sistemática, el análisis y la interpretación de datos necesarios para la planificación, implementación y evaluación de políticas de salud pública. Es decir, hace un análisis riguroso de los eventos de salud y las enfermedades para recopilar la información necesaria y difundirla entre los colaboradores.
Con su implementación se busca minimizar los efectos negativos de los agentes de riesgo biológico en las personas expuestas, es decir, en quienes tienen una posibilidad real de entrar en contacto con estas sustancias.
Además, le permitirá a la empresa optimizar los esfuerzos logísticos y económicos destinados a la prevención de accidentes, así como disminuir las tasas de mortalidad, enfermedades, ausentismo e incapacidades.
La primera acción para implementarlo es conocer a la población, sus condiciones de salud y su ambiente laboral para identificar los riesgos a los que están expuestos y definir la distribución y la magnitud de los peligros.
Para hacerlo, es necesario llevar a cabo mecanismos de recolección de información, registros de accidentes, seguimiento a los índices de mortalidad e incapacidades, registro de exposiciones a riesgo biológico y delimitación de las áreas de trabajo implicadas.
Cuando se tenga un diagnóstico completo del riesgo, las empresas deben intervenir sobre los factores que ponen en peligro la salud de sus colaboradores. Por eso, en esta segunda acción es muy importante asesorar a las áreas expuestas a estas condiciones, de acuerdo con las particularidades de cada servicio. Por ejemplo, la identificación, evaluación, prevención y control de daños no serán los mismos en cirugía que en Urgencias o en la Unidad de Cuidados Intensivos.
Poner en marcha jornadas de inmunización para que los empleados tengan sus vacunas al día es una medida de gran importancia para protegerlos en caso de entrar en contacto con estos residuos.
Un factor estratégico en esta fase del proceso es la construcción y el fomento de una cultura del cuidado al interior de la empresa, en la que cada uno de los empleados se empodere de su propia seguridad, conozca muy bien los riesgos para su salud y actúe de una manera adecuada, para protegerse a sí mismo y a los demás. A esto deben sumarse las condiciones seguras que la empresa les debe generar para trabajar.
Recuerda que el buen control de los datos, los procesos y los comportamientos te permitirán estar un paso adelante en la prevención de accidentes y enfermedades laborales. Aplica el Programa de Vigilancia Epidemiológica para Riesgo Biológico en tu empresa y construye un ambiente más saludable para tus pacientes y tus empleados.
Fuente:
Lida Piedrahíta Arbeláez
Asesora en Prevención
Lida Piedrahíta Arbeláez
Asesora en Prevención
Silvia Eugenia Quintero
Médica Ocupacional
Médica Ocupacional
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