martes, 7 de febrero de 2017

Nuevo plazo de implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)


Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, así como las empresas de servicios temporales; deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional a partir del 1° de Junio de 2017.


El Decreto 052 de 2017 fue publicado por parte del Ministerio del Trabajo, por medio del cual modifica el art. 2.2.4..6.37 del Decreto 1072 de 2015 sobre la transición para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).


Recordemos que anteriormente la fecha límite para cumplir con el SG-SST era el 31 de Enero del presente año, sin embargo las empresas que aún no han cumplido con este requisito, deben hacerlo a partir del 1° de junio de 2017 en 5 fases:

  1. Evaluación inicial
  2. Plan de mejoramiento conforme a la evaluación inicial
  3. Ejecución del SGSST
  4. Seguimiento y mejora
  5. Inspección, vigilancia y control
Para mayor información ver Decreto 052 de 2017 aquí

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